Términos del servicio

Índice:

Artículo 1 – Definiciones
Artículo 2 – Identidad del empresario
Artículo 3 – Aplicabilidad
Artículo 4 – La oferta
Artículo 5 – El contrato
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento
Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 9 – El precio
Artículo 10 – Conformidad y garantía
Artículo 11 – Entrega y ejecución
Artículo 12 – Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga
Artículo 13 – Pago
Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones
Artículo 15 – Litigios
Artículo 16 – Disposiciones adicionales o divergentes

Artículo 1 – Definiciones

  1. Plazo de reflexión: el periodo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o empresa y celebra un contrato a distancia con el empresario;
  3. Día: día calendario;
  4. Contrato de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o adquisición se distribuye en el tiempo;
  5. Soporte duradero de datos: cualquier medio que permita al consumidor o empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de manera que permita su consulta futura y reproducción inalterada de la información almacenada.
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad para el consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
  7. Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición y que un consumidor puede completar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
  9. Contrato a distancia: un contrato en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que hasta la celebración del contrato se utiliza exclusivamente una o más técnicas de comunicación a distancia;
  10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede ser utilizado para celebrar un contrato, sin que el consumidor y el empresario se encuentren simultáneamente en el mismo lugar.
  11. Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.

Artículo 2 – Identidad del empresario

Frenk4Business
Nieuwe Tuinen 12, Honselersdijk
Email: frenk4business@gmail.com
Número de la Cámara de Comercio: 77123530
Número de identificación fiscal: NL003150748B30

Artículo 3 – Aplicabilidad

  1. Estas condiciones se aplican a toda oferta del empresario así como a todo contrato y pedido celebrado a distancia entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de que se celebre un contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales será puesto a disposición del consumidor. En caso de que esto no sea razonablemente posible, se indicará que el consumidor puede consultar las condiciones generales en el empresario y que, a solicitud y sin coste alguno, se le enviarán.
  3. En caso de celebración electrónica de un contrato, las condiciones generales podrán ser puestas a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que puedan ser almacenadas de forma duradera. Si esto no es posible, se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente y que, a solicitud del consumidor, se enviarán gratuitamente, ya sea por vía electrónica o de otra forma.
  4. En caso de que, además de las condiciones generales, se apliquen condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación los apartados segundo y tercero. En caso de disposiciones contradictorias, el consumidor podrá invocar la disposición más favorable.
  5. Si alguna cláusula de estas condiciones generales fuera total o parcialmente nula o anulada en algún momento, el resto del contrato y de estas condiciones permanecerán plenamente vigentes. La cláusula afectada será sustituida, de mutuo acuerdo y sin demora, por una que se aproxime lo máximo posible a la intención original.
  6. Las circunstancias imprevistas no expresamente contempladas en estas condiciones deberán interpretarse conforme al espíritu e intención de las mismas.
  7. En caso de ambigüedades sobre la interpretación o contenido de una o varias disposiciones de estas condiciones, la interpretación deberá realizarse conforme al espíritu e intención de las condiciones.

 Artículo 4 – La oferta

  1. Si una oferta tiene una validez limitada o está sujeta a condiciones específicas, esto se comunicará explícitamente en la oferta.
  2. La oferta es sin compromiso. El empresario se reserva el derecho de modificar y revisar la oferta.
  3. La oferta proporciona una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. El nivel de detalle de esta descripción garantiza que el consumidor pueda formarse un juicio adecuado sobre la oferta. Si el empresario utiliza ilustraciones, estas deben ser una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. El empresario no está obligado por errores evidentes o faltas manifiestas en la oferta.
  4. Todas las ilustraciones, especificaciones y datos en la oferta son meramente indicativos y no pueden dar lugar a compensación o resolución del contrato.
  5. Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. Sin embargo, el empresario no puede garantizar que los colores mostrados correspondan exactamente a los colores reales de los productos.
  6. Cada oferta proporciona información suficiente para que el consumidor sepa claramente cuáles son los derechos y obligaciones asociados a la aceptación de la oferta correspondiente.Esto se refiere enparticular a:
    1. el precio con impuestos incluidos;
    2. los posibles costes de envío;
    3. la forma en que se celebrará el contrato y las acciones necesarias para ello;
    4. la aplicabilidad o no del derecho de desistimiento;
    5. la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
    6. el plazo de aceptación de la oferta, o el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
    7. el importe de la tarifa por comunicación a distancia si los costes de uso de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta a la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;
    8. si el contrato se archivará tras su celebración, y en caso afirmativo, de qué manera el consumidor podrá consultarlo;
    9. la forma en que el consumidor, antes de la celebración del contrato, puede comprobar y, si lo desea, corregir los datos proporcionados en el marco del contrato;
    10. los posibles otros idiomas, además del neerlandés, en los que se puede celebrar el contrato;
    11. los códigos de conducta a los que el empresario se ha sometido y la forma en que el consumidor puede consultarlos electrónicamente; y
    12. la duración mínima del contrato a distancia en caso de un contrato de duración.

Artículo 5 – El contrato

  1. El contrato se perfecciona, con sujeción a lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones asociadas.
  2. Cuando el consumidor celebra el contrato electrónicamente, el empresario confirmará inmediatamente y por vía electrónica la recepción de dicha aceptación. Hasta que el empresario confirme la aceptación, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato.
  3. En caso de celebración electrónica del contrato, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizar un entorno web seguro. Si el consumidor desea pagar electrónicamente, el empresario implementará los protocolos de seguridad necesarios.
  4. Dentro de los parámetros legales, el empresario tiene la facultad de investigar si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como otros factores relevantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si la investigación proporciona motivos fundados para no celebrar el contrato, el empresario tiene derecho, debidamente motivado, a rechazar un pedido o solicitud o a imponer condiciones especiales.
  5. En la entrega de productos o servicios al consumidor, el empresario proporcionará la siguiente información, ya sea por escrito o de forma que el consumidor pueda almacenarla de manera duradera y accesible:
    1. la dirección de la sede del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
    2. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
    3. la información sobre garantías y servicios posventa existentes;
    4. los datos mencionados en el artículo 4, apartado 3 de estas condiciones, salvo que el empresario ya los haya proporcionado al consumidor antes de la ejecución del contrato;
    5. los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
  6. En caso de un contrato de duración, la disposición del apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.
  7. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de disponibilidad suficiente de los productos correspondientes

Artículo 6 – Derecho de desistimiento

En la entrega de productos:

  1. El consumidor dispone de un plazo de 14 días tras la recepción de los productos adquiridos para anular el contrato, sin necesidad de indicar motivo alguno. Este plazo comienza el día siguiente a la recepción del producto por el consumidor o el representante designado por el consumidor y comunicado al empresario.
  2. Durante este plazo de reflexión, el consumidor debe manipular el producto y su embalaje con cuidado. Solo podrá desembalar y utilizar el producto en la medida necesaria para determinar si desea quedárselo. Si ejerce el derecho de desistimiento, el consumidor deberá devolver el producto, incluidos todos los accesorios adjuntos y, si es razonablemente posible, en su estado y embalaje original, al empresario, conforme a las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
  3. Si el consumidor tiene la intención de ejercer su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario dentro de los 14 días siguientes a la recepción del producto. Esto puede hacerse mediante el formulario modelo prescrito o por otros medios de comunicación, como correo electrónico. Tras comunicar su intención de ejercer el derecho de desistimiento, el consumidor dispone de 14 días para devolver el producto. El consumidor debe demostrar que ha enviado los bienes devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un comprobante de envío.
  4. Si el consumidor no ejerce su derecho de desistimiento dentro de los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, o si no devuelve el producto al empresario, la compra se considerará definitiva.

Artículo 7 – Costes en caso de desistimiento

  1. Cuando el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, solo los costes de devolución correrán a su cargo.
  2. En caso de que el consumidor ya haya realizado un pago, el empresario reembolsará dicha suma lo antes posible, y en todo caso en un plazo máximo de 14 días tras la notificación del desistimiento. Sin embargo, esto está sujeto a que el producto ya esté en posesión del empresario o que se haya presentado una prueba irrefutable de la devolución completa. El reembolso se realizará por el mismo medio de pago utilizado por el consumidor, salvo que este consienta expresamente en otro método de pago.
  3. En caso de daño al producto como resultado de un manejo negligente por parte del consumidor, este será responsable de cualquier depreciación del producto.
  4. El consumidor no podrá ser considerado responsable de la depreciación del producto si el empresario no ha proporcionado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes de la celebración del contrato de compraventa.

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario se reserva el derecho de excluir el derecho de desistimiento del consumidor para productos definidos en los apartados 2 y 3. Esta exclusión solo es aplicable si el empresario lo ha comunicado explícita e inequívocamente en la oferta, o lo ha hecho saber antes de la celebración del contrato.
  2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
    1. que hayan sido realizados por el empresario conforme a especificaciones del consumidor;
    2. que sean claramente de carácter personal;
    3. que por su naturaleza no puedan ser devueltos;
    4. que puedan deteriorarse o caducar rápidamente;
    5. cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no tiene influencia;
    6. para periódicos y revistas sueltos;
    7. para grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
    8. para productos higiénicos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.

Artículo 9 – El precio

  1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios en los tipos de IVA.
  2. En contraste con lo anterior, el empresario se reserva el derecho de ofrecer productos o servicios con precios variables, sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero sobre las que el empresario no puede influir. La susceptibilidad a dichas fluctuaciones, así como el carácter indicativo de los precios indicados, se comunicará explícitamente en la oferta.
  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo son permitidos si resultan de disposiciones legales o reglamentarias.
  4. Los aumentos de precio que entren en vigor después de 3 meses tras la celebración del contrato solo son permitidos si así lo estipula el empresario y:
    1. son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias; o
    2. el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
  5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
  6. Todos los precios están sujetos a errores tipográficos y de impresión. No se aceptará responsabilidad por las consecuencias de errores tipográficos y de impresión. En caso de errores tipográficos y de impresión, el empresario no está obligado a entregar el producto al precio incorrecto.

Artículo 10 – Conformidad y Garantía

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, las características especificadas en la oferta, los requisitos razonables de calidad y/o funcionalidad, así como las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales vigentes en el momento de la celebración del contrato. Si se acuerda expresamente, el empresario también garantiza la idoneidad del producto para un uso distinto al convencional.
  2. Una garantía ofrecida por el empresario, fabricante o importador no afecta a los derechos legales y reclamaciones que el consumidor puede ejercer contra el empresario en virtud del contrato.
  3. Los posibles defectos o productos entregados incorrectamente deben ser comunicados por escrito al empresario en un plazo de 2 meses tras la entrega. La devolución de los productos debe realizarse en su embalaje original y en estado no utilizado.
  4. El periodo de garantía aplicado por el empresario es equivalente al periodo de garantía ofrecido por el fabricante. Sin embargo, el empresario nunca es responsable de la idoneidad final de los productos para aplicaciones específicas por parte del consumidor, ni de ningún asesoramiento sobre el uso o aplicación de los productos.
  5. La garantía no es aplicable si:
    1. El consumidor ha reparado y/o modificado los productos entregados por sí mismo o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros;
    2. Los productos entregados han estado expuestos a condiciones anormales o han sido tratados de manera negligente o contraria a las instrucciones del empresario y/o del embalaje;
    3. La deficiencia es total o parcialmente consecuencia de normativas impuestas o que serán impuestas por las autoridades respecto a la naturaleza o calidad de los materiales utilizados.

Artículo 11 – Entrega y ejecución

  1. El empresario ejercerá el máximo cuidado al recibir y ejecutar pedidos de productos, así como al evaluar solicitudes de prestación de servicios.
  2. La dirección proporcionada por el consumidor a la entidad se considerará como el lugar oficial de entrega.
  3. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, la entidad cumplirá los pedidos aceptados con la debida prontitud y, en todo caso, en un plazo máximo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado expresamente un plazo de entrega más largo. Si la entrega sufre algún retraso, o si un pedido no puede ser ejecutado total o parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de realizar el pedido. En tales casos, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tiene derecho a indemnización.
  4. Todos los plazos de entrega comunicados son meramente indicativos. El consumidor no puede derivar derechos vinculantes de dichos plazos. El incumplimiento de un plazo no da derecho a compensación.
  5. En caso de resolución conforme al apartado 3 de este artículo, el empresario se compromete a reembolsar la cantidad pagada por el consumidor lo antes posible, y en todo caso en un plazo máximo de 14 días tras la resolución.
  6. Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario intentará poner a disposición un artículo alternativo. En la entrega se comunicará de manera clara y comprensible que se ofrece un artículo de sustitución. Para los artículos de sustitución no es aplicable la exclusión del derecho de desistimiento. Los costes de cualquier devolución correrán a cargo del empresario.
  7. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se hayan acordado expresamente otras condiciones.

Artículo 12 – Contratos de duración: duración, rescisión y prórroga

Rescisión

  1. El consumidor tiene derecho a rescindir en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y relativo a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las condiciones de rescisión establecidas y un plazo máximo de preaviso de un mes.
  2. El consumidor tiene derecho a rescindir un contrato celebrado por un periodo determinado y relativo a la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios al final del periodo acordado, respetando las condiciones de rescisión establecidas y un plazo máximo de preaviso de un mes.
  3. El consumidor puede rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
    1. en cualquier momento y no estar limitado a la rescisión en un momento o periodo determinado;
    2. al menos de la misma forma en que los celebró;
    3. siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.

Prórroga

  • Un contrato celebrado por un periodo determinado y relativo a la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no debe prorrogarse o renovarse tácitamente por un periodo determinado.
  • En derogación de lo anterior, un contrato celebrado por un periodo determinado y relativo a la entrega periódica de diarios, periódicos, semanarios y revistas puede prorrogarse tácitamente por un periodo específico de hasta tres meses, siempre que el consumidor tenga derecho a rescindir el contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  • Un contrato celebrado por un periodo determinado y relativo a la entrega periódica de productos o servicios solo puede prorrogarse tácitamente por un periodo indefinido si el consumidor tiene derecho a rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes, y un plazo máximo de tres meses si el contrato se refiere a la entrega, con una frecuencia inferior a mensual, de diarios, periódicos y semanarios.
  • Un contrato de duración limitada para la entrega introductoria de diarios, periódicos y semanarios (una suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del periodo de prueba o introducción.

Duración

  • Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento después de un año con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la equidad y la justicia se opongan a la rescisión antes del final del periodo acordado.

Artículo 13 – Pago

  1. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, las cantidades que deba abonar el consumidor deberán pagarse en un plazo de 7 días laborables a partir del inicio del plazo de reflexión establecido en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará en el momento en que el consumidor reciba la confirmación del contrato celebrado.
  2. Es responsabilidad del consumidor comunicar inmediatamente al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
  3. En caso de incumplimiento de las obligaciones de pago por parte del consumidor, el empresario se reserva el derecho, respetando las restricciones legales, de cobrar los costes razonables previamente comunicados al consumidor.

Artículo 14 – Procedimiento de reclamaciones

  1. El empresario dispone de un procedimiento adecuado y suficientemente comunicado para la tramitación de reclamaciones y tramita las reclamaciones de acuerdo con dicho procedimiento.
  2. Las quejas relativas al cumplimiento del contrato deberán presentarse al empresario, de forma clara y completa, en un plazo de 2 meses desde que el consumidor haya detectado las deficiencias.
  3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de presentación. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación más largo, el empresario responderá en el plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo se puede esperar una respuesta más detallada.
  4. Si no se alcanza una solución conjunta a una reclamación, esto dará lugar a un litigio sujeto al procedimiento de resolución de litigios aplicable.
  5. En caso de reclamaciones, el consumidor debe ponerse en contacto en primer lugar con el empresario. El consumidor también puede registrar reclamaciones a través de la plataforma ODR europea(http://ec.europa.eu/odr).
  6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que el empresario indique lo contrario por escrito.
  7. Si una reclamación es considerada fundada por el empresario, este, a su elección, sustituirá o reparará gratuitamente los productos entregados.

Artículo 15 – Litigios

  1. A las obligaciones entre el empresario y el consumidor a las que se aplican las presentes condiciones generales, se aplicará exclusivamente la legislación neerlandesa, incluso si el consumidor reside en el extranjero.
  2. Queda expresamente excluida la aplicación de la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías.

Artículo 16 – Disposiciones adicionales o divergentes

Las disposiciones que complementen o difieran de las presentes condiciones generales no podrán colocar al consumidor en una posición menos favorable. Tales disposiciones deberán constar por escrito o presentarse de manera que el consumidor pueda archivarlas de forma accesible en un soporte duradero de datos.